Abordar
los mitos labrados en torno a la patentabilidad del conocimiento (sea como
derechos de propiedad industrial o intelectual) implica nuevamente reconsiderar
el paradigma científico en el que nos movemos desde la Revolución Industrial
(inclusive antes) (https://www.protectia.eu/patentes/historia-de-las-patentes/).
En ese sentido, contamos con unos 200 años de experiencia social, económica y
científico-tecnológica, y administrativa, como para poder rebatir algunos mitos
en torno a las patentes.
Mito 1:
nadie inventaría nada si no pudiera patentarlo. Falso.
La creatividad de la ciencia es espontánea, muchos inventores fabrican muchos
prototipos y finalmente buscan la patentabilidad de alguno de ellos, con o sin
fines de comercialización.
Mito 2:
Las patentes impulsan la innovación. Falso. Las
patentes permiten realizar ingeniería inversa, y protegen penalmente la
propiedad intelectual. Pero el hecho de que exista una patente no detiene el
ciclo o proceso innovador, ya que la realidad y la tecnología, aun el
conocimiento es cambiante.
Mito 3:
Nadie invertiría en startups que no tengan patentes. Falso. Muchos
proyectos de preinversión se destina precisamente para lograr la patentabilidad
de una idea, especialmente si existen ya otras patentes.
Mito 4:
Las patentes son buenas y útiles como medida de innovación. Verdadero. Pero
siempre se tratan como CyT histórica, pero tienen la virtud de medir la
innovación en un determinado país, región o mercado, en términos de
productividad.
Mito 5:
El sistema de patentes se descarriló recientemente con la llegada del troll de
patentes. Las patentes pueden recuperarse si se resuelve el problema del troll.
FALSO. Se trata de un problema de abuso de derecho, que el
sistema de patentes permite y que puede ser solucionado por la vía judicial o
negocial entre las empresas interesadas. Una patente debe tener utilidad
social, de lo contrario podría ser cancelada la reserva de derecho que el
Estado le da al titular, esta es mi opinión personal como abogado. Pero ante
una demanda de un trol(l) de patente, y mientras no se reforme la ley, solo
cabe alegar una defensa jurídica basada en el argumento anterior.
Leer más: https://www.socialetic.com/que-es-un-troll-de-patentes-por-nuria-marcos-dtora-gnral-de-pons.html
https://es.wikipedia.org/wiki/Trol_de_patentes
https://www.fayerwayer.com/2012/03/asi-opera-una-compania-troll-de-patentes/
Mito 6:
Las patentes protegen al pequeño y pobre inventor contra la explotación por
parte de grandes corporaciones despiadadas.FALSO. Los
Contrato de cesión de derechos son contratos de adhesión, incluso muchos
inventores trabajan en “negro” recibiendo una infinitésima parte de lo que su
saber y capacidad intelectual les merece, incorporándose a un spin off o unidad
externalizada de una multinacional o empresa, o en su caso mediante un contrato
de trabajo sujeto a salario y con renuncia a propiedad intelectual a favor del
patrono. Y Aun cuando lograran patentar, “vender” la patente es otro tema
sujeto a las reglas del mercado, hay que saber comercializar el conocimiento y
la innovación, pero esto no se enseña, se aprende sobre la marcha, o buscando
un agente o representante que haga el negocio (es un poco como los jugadores de
futbol o artistas).
Mito 7:
Las patentes revelan innovaciones: la alternativa serían los secretos
comerciales. FALSO. Ya se están inscribiendo los secretos comerciales
no patentables, sujetos a protección del Know-how equivalente al de la patente,
son dos cosas diferentes.
Mito 8:
Las patentes son buenas para la economía, solo mire todas las licencias que se
están llevando a cabo. FALSO. No existe un estudio econométrico del aporte al PIB
de un país en materia de patentes, en primer lugar, porque las Cuentas
Nacionales no contabilizan el importe o rentas que se generan por las patentes
(si las empresas lo hacen), y en segundo lugar, porque los inventos generados
por la patentes, y sus ventas, tampoco se contabilizan. Este estudio también se
podría hacer en términos de exportaciones/importanciones de productos bajo
patente, pero muchas operaciones de comercio internacional se hacen “pattent pending”.
Mito 9:
Las patentes no pueden ser desechadas sin ser reemplazadas por otra cosa que
fomente la innovación. FALSO. La innovación no depende las patentes. Las ideas
siempre van a estar fluyendo en el mundo de los negocios y entre los
científicos, es decir, en el sistema de ciencia, tecnología e innovación.
Mito 10:
Dejando de lado los aspectos prácticos, las patentes están moralmente
justificadas. Debes poseer lo que creas. VERDADERO. Es un
derecho humano.
Ahora
póngale números, tiempos y visulicen el tipo de proyectos concursables a todas
las medidas (ayudas, convenios de financiamiento y bases de convocatoria)
previstas en el artículo 21:
a) Medidas de
promoción del talento científico e investigador mediante becas pre y post
doctorales, ayudas a
doctorados industriales, ayudas a la atracción de talento, ayudas a la
movilidad del personal
investigador y ayudas a la contratación de personal investigador y
técnico para la
realización de proyectos de I+D+i.
b) Medidas que
fomenten la transferencia del conocimiento mediante:
1.º Proyectos de I+D+i
en transferencia entre agentes del Sistema Navarro de I+D+i,
SINAI, y empresas.
2.º Creación de nuevas
empresas de base tecnológica por los agentes del Sistema
Navarro de I+D+i,
SINAI.
c) Medidas que fomenten
los proyectos de I+D+i en colaboración.
d) Medidas que
fomenten la internacionalización de la I+D+i realizada en Navarra
mediante:
1.º Ayudas a empresas
y agentes de SINAI para la participación en proyectos de I+D+i
internacionales.
2.º Ayudas a la
movilidad del personal investigador.
3.º Participación en
redes y foros de investigación internacionales.
e) Medidas que
fomenten la eficiencia del sistema mediante ayudas a la adquisición y
uso compartido de
infraestructuras de I+D+i y al uso de Infraestructuras Científicas y
Tecnológicas
Singulares, ICTS.
f) Medidas que
fomenten la especialización mediante ayudas para el desarrollo de
proyectos de I+D+i
estratégicos de colaboración entre empresas y agentes del Sistema
Navarro de I+D+i,
SINAI, que resuelvan retos científico-tecnológicos de la sociedad en las
materias identificadas
en los planes de ciencia, tecnología e innovación como prioritarias
para Navarra.
g) Medidas que
promuevan la excelencia mediante ayudas específicas para los agentes
del Sistema Navarro de
I+D+i, SINAI, valorando la mejora de los indicadores de excelencia,
como publicaciones,
patentes, transferencia, internacionalización y contratación con la
industria.
h) Medidas que
estimulen la vocación científico-técnica, mediante la promoción de la
formación en estudios
científico-técnicos con especial énfasis entre el sexo femenino, y la
divulgación científica
dirigida a toda la sociedad.
i) Medidas que
favorezcan la sinergia con otros programas de innovación, tanto estatales
como europeos, y
medidas que favorezcan la apertura y colaboración de agentes navarros
con otros agentes de
la Unión Europea con el fin de potenciar la colaboración y la creación
de cadenas de valor
con base en las estrategias de especialización inteligente.
j) Medidas para la
inclusión de la perspectiva de género como categoría transversal en la
ciencia, la tecnología
y la innovación, y para impulsar una presencia equilibrada de mujeres y
hombres en todos los
ámbitos del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI.
k) Medidas de
promoción de generación de conocimiento y desarrollo de investigación
básica.
l) Medidas que
fomenten el desarrollo científico atendiendo a criterios de sostenibilidad
económica, social y
medioambiental.
m) Medidas que hagan
compatible el desarrollo científico con modelos de reducción de
la desigualdad entre
la ciudadanía a nivel económico, cultural, emocional y de accesibilidad.
n) Medidas para
establecer convocatorias de ayuda basal por rendimiento, en las que se
financiará hasta el
cien por cien de la actividad no económica en función de la excelencia y
la capacidad
investigadora y de transferencia del centro.
ñ) Medidas para
establecer ayudas de fomento del retorno del talento a la Comunidad
Foral de Navarra, con
sistemas de apoyo logístico, de emprendimiento o de apoyo a la
Contratación
Seguro
que se va a necesitar un reglamento de gestión y administración, y que el
Consejo Asesor junto con el Plan Estratégico pueden formular una propuesta de
líneas y temas. Para lo cual, cada entidad participante en el sistema debe
presentar sus agendas, lo cual requiere mucho tino y mano izquierda del
Coordinador, especialmente por cuestiones de estratégicas, de confidencialidad
e inclusive secreto académico, empresarial, político, todo un reto, pero
resoluble. Obviamente la Ley depende del Plan de la materia, y un trabajo de
desarrollo el tema en los sectores motores de la economía navarra.
Finalmente, se debe hacer una
lectura de las fuentes de financiamiento del sistema, previstas en la D.A.
únicamente falta cuantificar el aporte empresarial en concurso con lo que las
universidades y el sector público pueda presupuestar, es decir, la transferencia tecnológica.
Otro
de los aspectos de la ley que me llamaron la atención es el artículo 9 y su
incidencia en la autonomía universitaria con miras a su acreditación, las
obligaciones de excelencia son bien altas:
1.ª A disponer de un comité
científico-tecnológico asesor internacional, que anualmente realice una
valoración del centro y participe en la selección del puesto de dirección.
2.ª A mantener en su plantilla el porcentaje
de doctores y doctoras necesario para su acreditación, que en ningún caso podrá
ser inferior al 10 por ciento del personal técnico e investigador.
3.ª Al cumplimiento de los requisitos de
acreditación como agente del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI.
4.ª Someterse a evaluaciones periódicas promovidas
por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
5.ª
Medir, valorar y premiar la actividad científica de su personal investigador
basándose en el retorno económico o social que para la sociedad puede conllevar
la actividad desarrollada por la incorporación al tejido productivo del
conocimiento generado por los agentes de l+D+i a través de nuevos o mejorados
productos y servicios.
Imagino que la nueva normativa plantea retos para todos los
actores. Un saludo cordial al Profesor Joaquin ya los compañeros/as del Curso. Hasta siempre y muy agradecido.
Francisco Mesa Davila
Quetzaltenango
Guatemala
Ver
más: (https://navarracapital.es/nueva-ley-foral-de-ciencia-y-tecnologia-se-hace-camino-al-andar/)
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